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Aprueban protocolos preventivos covid-19 para semana santa 2021

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XXIII H. AYUNTAMIENTO DE PUERTO PEÑASCO

Boletín de Prensa 0604

Puerto Peñasco, Sonora; a 29 de marzo del 2021. Integrantes del Consejo Municipal de Salud y Seguridad aprobaron por unanimidad los protocolos e implementación de medidas preventivas establecidas para mitigar el contagio de COVID-19 para el período vacacional de Semana Santa 2021, que comprende del viernes 26 de marzo al domingo 11 de abril del presente año, informó el alcalde Kiko Munro.

El presidente de Puerto Peñasco aseguró que la salud de residentes y visitantes siempre es primero, por lo que este destino turístico desde inicio de la pandemia se ha caracterizado por ser responsable y respetuoso de los lineamientos y disposiciones de los tres órdenes de gobierno, por lo que en esta co-reposabilidad entre gobierno y sociedad se implementó el plan Peñasco se Activa para la reactivación económica de esta ciudad.

Indicó que, lo que permitió elaborar esta estrategia vacacional de Semana Santa 2021 fue que el semáforo epidemiológico en Sonora y Puerto Peñasco está en color verde, que significa riego bajo, lo que permite promover a Peñasco y al turismo sano.

Los acuerdos aprobados son:

Aprobación por Unanimidad, de las medidas preventivas y de seguridad establecidas para el Período Vacacional de Semana Santa 2021 dentro del Municipio de Puerto Peñasco, Sonora; siendo las siguientes:

1.- Se mantienen vigentes todas las medidas de seguridad y prevención en contra del contagio y propagación del Virus COVID-19, previamente establecidas por el Consejo de Seguridad y Salud:

  • Uso obligatorio de cubrebocas.
  • Instalación de tapete sanitizante a la entrada de todos los establecimientos comerciales.
  • Aplicación de gel antibacterial.
  • Revisión de temperatura corporal.
  • Mantenimiento de sana distancia (mínimo 1.5 metros).
  1. Se establece el siguiente horario para el desarrollo de actividades durante los días del viernes 26 de Marzo al domingo 11 de Abril del presente año:
  • Horario de actividades de lunes a jueves de las 06:00 am. a las 00:00 horas.
  • Horario de actividades de viernes a domingo de las 06:00 am. a la 01:00 am.
  1. Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Playas Públicas (Playa Hermosa, Playa Bonita, Mirador, Mi Playa, La Choya y Zona Hotelera y Áreas Condominales):
  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Cumplir con los protocolos de seguridad y salud emitidos por la Dirección Municipal de ZOFEMAT.
  • Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas e instalación de barras para la venta de cerveza.
  • Quedan prohibidos los eventos deportivos y aglomeraciones de más de 10 personas.
  • Quedan prohibidas las casas de campaña, pernocta y todo tipo de actividades nocturnas después de las 19:00 horas.
  1. Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en el Área Turística de “El Malecón”:
  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Desarrollo de todo tipo de actividades en el horario de las 07:00 am. a las 11:00 pm., todos los días de la semana.
  • Queda prohibido la contratación de grupos musicales y sistema de música programada móvil y fija, incluida la música de vehículos particulares.
  • Queda prohibido la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública e instalación de barras para la venta de cerveza.
  • Todos los comercios y restaurantes del área de “El Malecón” deberán acatar las presentes reglas.
  1. Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Pesca Deportiva y Barcos Turísticos:
  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Se respeta los horarios establecidos en el punto número 2 del presente orden del día.
  • En embarcaciones de Pesca Deportiva, podrán operar al 80% de su máxima capacidad, incluyendo tripulación.
  • En embarcaciones turísticas, podrán operar al 60% de su máxima capacidad, incluyendo tripulación.
  • Respetar los protocolos de seguridad y horarios que emita Capitanía de Puerto para todo tipo de embarcaciones.
  1. Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Hoteles, Moteles y Centros de Hospedaje en general:
  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Hoteles y Moteles, deberán operar al 70% de su máxima capacidad.
  • Condominios, Villas y similares, deberán operar al 90% de su máxima capacidad.
  • Casas de renta, podrán operar al 100% de su capacidad.
  • Deberán aplicar de manera aleatoria, Pruebas Rápidas para la detección del Virus COVID-19, al 10% de sus reservaciones.

Restaurantes y bares que operen dentro de las instalaciones:

  • Deberán respetar los horarios establecidos en el punto número 2 del orden del día.
  • Deberán respetar el aforo de 50% en lugares cerrados y el 60% lugares al aire libre.

Salones de fiesta y reuniones que operen dentro de las instalaciones:

  • Deberán respetar los horarios establecidos en el punto número 2 del orden del día.
  • Deberán respetar el aforo de 50% en lugares cerrados y el 60% lugares al aire libre.

Albercas y áreas recreativas:

  • Podrán operar al 60% de su máxima capacidad, en horario de las 6:00 a las 20:00 horas.
  1. Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Restaurantes, Restaurant-bar y similares:
  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Se respeta los horarios establecidos en el punto número 2 del presente orden del día.
  • En lugares cerrados, podrán operar al 50% de su máxima capacidad.
  • En lugares al aire libre, podrán operar al 60% de su máxima capacidad.
  1. Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Locales de Fiestas y/o Reuniones:
  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Se respeta los horarios establecidos en el punto número 2 del presente orden del día.
  • En lugares cerrados, podrán operar al 40% de su máxima capacidad.
  • En lugares al aire libre, podrán operar al 50% de su máxima capacidad.
  1. Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de reuniones en Domicilios particulares:
  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Se respeta los horarios establecidos en el punto número 2 del presente orden del día.
  • Quedan suspendidos los permisos para fiestas.
  • Queda prohibida la aglomeración de más de 10 personas y preferentemente que pertenezcan al mismo núcleo familiar.
  1. Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en el Casco Urbano (Calle 13, Mirador y toda la Ciudad en General):
  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Se respeta los horarios establecidos en el punto número 2 del presente orden del día.
  • Queda prohibido la contratación de Grupos Musicales y programación de música de vehículos en la vía pública.
  • Queda prohibido la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública e instalación de barras para la venta de cerveza.

Aprobación por Unanimidad, de mantener vigentes todos los protocolos preventivos y de seguridad establecidos en contra del contagio y propagación del Virus COVID-19, así como lo establecido en la Carta Compromiso ratificada ante la Dirección Municipal de Desarrollo Económico, para los diferentes Giros Comerciales y Centros de Culto.

Se emite un agradecimiento a la Secretaría de Salud del Estado de Sonora y Consejo Estatal de Salud, por el trabajo en conjunto que se ha desarrollado con el Municipio de Puerto Peñasco y el Consejo Municipal de Seguridad Pública y Salud; en beneficio y cuidado de la salud y la vida de toda la población en general.

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