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Aprueba consejo de salud y seguridad actividades esenciales y no esenciales sin restricción de horario

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XXIII H. AYUNTAMIENTO DE PUERTO PEÑASCO

Boletín de Prensa 0610

Puerto Peñasco, Sonora; a 14 de mayo del 2021.- Integrantes del Consejo Municipal de Salud y Seguridad aprobaron el día de hoy, por unanimidad la operatividad de todo tipo de actividades esenciales y no esenciales para realizarse sin restricción de horario; respetando los horarios establecidos por Decreto emitido por el Gobierno del Estado de Sonora, así como la liberación de 10 acciones preventivas en contra del contagio y propagación del virus Covid-19.

Terencio Gutiérrez, agradeció a toda la ciudadanía, empresarios y autoridades de los tres órdenes de gobierno, así como a quienes participaron de manera directa e indirecta por su disposición para que las medidas preventivas se cumplieran y así contar con una baja incidencia en contagios por Coronavirus, por lo que ahora, resulta necesario liberar disposiciones y reglamentos para volver a la nueva normalidad en movilidad social implementado a través del Plan Peñasco se Activa.

Los acuerdos aprobados son:

Aprobación por unanimidad, de la propuesta para la modificación de las medidas de seguridad y prevención en contra del contagio y propagación del Virus COVID-19, dentro del Programa de Reactivación Económica POST COVID-19, en el Municipio de Puerto Peñasco, Sonora; siendo las siguientes:

  1. Se mantienen vigentes para la ciudadanía en general, visitantes y turistas, las medidas previamente establecidas por el Consejo de Seguridad y Salud:
  • Uso obligatorio de cubrebocas.
  • Instalación de tapete sanitizante a la entrada de todos los establecimientos comerciales.
  • Aplicación de gel antibacterial.
  • Revisión de temperatura corporal.
  • Mantenimiento de sana distancia (mínimo 1.5 metros).
  • Ventilación en espacios cerrados.
  • Recomendación de no exponer a menores de 12 años de edad; dicha medida de seguridad queda a consideración de los padres de familia.
  • Recomendación de no exponer a adultos mayores de 65 años de edad.
  1. La operatividad de todo tipo de actividades (esenciales y no esenciales) podrá realizarse sin restricción de horario; respetando los horarios establecidos por Decreto emitido por el Gobierno del Estado de Sonora, a través de la Dirección General de Alcoholes, para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, siendo los siguientes:
  • Venta de bebidas alcohólicas en tiendas de autoservicio, expendios y todo tipo de giros comerciales autorizados, será hasta las 00:00 horas.
  • Venta y consumo de bebidas alcohólicas en restaurantes, restaurantes-bar, bares y similares, será hasta las 1:00 a.m.
  1. La operatividad en Hoteles, Moteles y Centros de Hospedaje en general, podrá realizarse a su límite de capacidad.
  2. Los Grupos Musicales en general y Sonidos de Música Programada, podrán ejercer el desarrollo de sus actividades sin restricción de espacios públicos o domicilios particulares, respetando los horarios establecidos por la Dirección General de Alcoholes del Estado de Sonora, previamente señalados en el punto número 2 de la presente convocatoria.
  3. Todos los Centros de Culto Religioso, podrán operar a su límite de capacidad.

Nota: para el desarrollo de actividades de los diferentes grupos religiosos donde participen menores de edad; los padres de familia deberán firmar una Carta Responsiva del conocimiento del contagio y propagación del Virus COVID-19, ante las autoridades y/o responsables de los Centros de Culto, según corresponda, para autorizar la participación.

  1. El desarrollo de actividades en Restaurantes, Restaurant-bar y similares, podrá realizarse a su límite de capacidad, respetando los horarios establecidos por la Dirección General de Alcoholes del Estado de Sonora, previamente señalados en el punto número 2 de la presente convocatoria.
  2. El desarrollo de actividades en Locales de Fiestas y/o Reuniones, podrá realizarse de la siguiente manera:
  • En lugares cerrados, operar al 80% de su máxima capacidad.
  • En lugares al aire libre, operar al 90% de su máxima capacidad.
  • Respetar los horarios establecidos por la Dirección General de Alcoholes del Estado de Sonora, previamente señalados en el punto número 2 de la presente convocatoria.
  • Deberán contar de manera obligatoria con el Permiso expedido por la Secretaría Municipal.
  1. Se establecen las siguientes medidas en Playas (Playa Hermosa, Playa Bonita, Mirador, Mi Playa, La Choya y Zona Hotelera y Áreas Condominales):
  • Cumplir con los protocolos de seguridad y salud emitidos por la Dirección Municipal de ZOFEMAT.
  • El desarrollo de actividades podrá realizarse hasta a las 21:00 horas.
  • El desarrollo de actividades de Grupos Musicales podrá realizarse hasta las 19:00 horas, previamente establecido en Reglamento Municipal de Playas.
  • Respetar los protocolos de seguridad y horarios que emita Capitanía de Puerto para todo tipo de embarcaciones y artefactos navales.
  1. Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Pesca Deportiva y Barcos Turísticos:
  • En embarcaciones de Pesca Deportiva, podrán operar al 100% de su máxima capacidad.
  • En embarcaciones turísticas, podrán operar al 80% de su máxima capacidad, incluyendo tripulación.
  • Respetar los protocolos de seguridad y horarios que emita Capitanía de Puerto para todo tipo de embarcaciones.
  1. Se podrá dar inicio al desarrollo de actividades de las diferentes Ligas y/o Equipos Deportivos, previamente registradas en el Instituto Municipal del Deporte.
  2. Los padres de familia con hijos menores de edad, deberán firmar una Carta Responsiva del conocimiento del contagio y propagación del Virus COVID-19, ante el Instituto Municipal del Deporte, para autorizar la participación sus menores hijos en las diferentes Ligas y/o Equipos Deportivos.

Nota: Las presentes disposiciones y/o medidas de seguridad, se establecen sin contraponer las disposiciones emitidas por Decreto del Gobierno Federal y Estatal; asimismo quedan sujetas a cambios y/o modificaciones según emitan nuevos lineamientos extraordinarios dichos Gobiernos, a través de la Secretaría de Salud y Secretaría de Salud del Estado de Sonora y Consejo Estatal de Salud; en relación a la Pandemia generada por el Virus COVID-19.

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